Re: Vivimos algo historico
no soy abogada solo me gusta informarme
me impresionó la frase de Cobos: "La historia me juzgará"
la historia juzgará a los 36 senadores que traicionaron a su pueblo?
si no lo hace la historia estoy segura que el pueblo si lo hará
CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA
(22 de agosto de 1994)
Articulo 29o.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo
nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores
de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder
publico, ni otorgarles sumisiones o supremacias por las que la
vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a
merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza
llevan consigo una nulidad insanable, y sujetaran a los que
los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena
de los infames traidores a la patria.
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